viernes, 8 de mayo de 2015

SELECCIÓN E INGRESO DE PARTICIPANTES




 SELECCIÓN E INGRESO DE PARTICIPANTES

         El  Reglamento sobre Régimen de Estudios, Resolución Nº1330, de fecha 21/07/06, Capítulo III, De los participantes, Sección Primera “De la Selección e Ingreso”, Artículo N 52º  señala:
La Universidad establecerá un sistema de selección e ingreso de los Participantes, coherente con sus políticas que contribuyan a facilitar el alcance de los objetivos institucionales.
Parágrafo Primero: El Vicerrectorado Académico de la Universidad someterá los criterios de selección, ingreso y permanencia de participantes de Pregrado y Postgrado a la consideración del Consejo Directivo.
Parágrafo Segundo: La Secretaría de la Universidad tendrá a su cargo el desarrollo de los procedimientos de selección, ingreso y permanencia, conforme con las decisiones que sobre la materia establezca el Consejo Directivo. (p.10).
                                                                                                                                                  
          Igualmente, (Ob.cit) plantea en el Artículo 53º:

La Universidad, a nivel de Pregrado mantendrá las siguientes formas de ingreso:

a.    Sistema de Pre-inscripción nacional, selección interna y maestros en servicio.

b.    Equivalencia de Estudios;

c.    Acreditación del Aprendizaje por Experiencia;   y,

d.    Otras formas de ingreso que sean aprobadas por la autoridad competente. (Ibíd).

        Asimismo, el Artículo 54º afirma “La selección, ingreso, seguimiento y egreso de los participantes a nivel de pregrado y postgrado, se determinará de acuerdo con las Normas establecidas al efecto”.(p.10).
FUNDAMENTACIÓN LEGAL
    Sistema de Pre-inscripción nacional, selección interna y maestros en servicio:
            La Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez se rige por las disposiciones establecidas por el Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología, Consejo Nacional de Universidades y la Oficina de Planificación del Sector Universitario (Opsu); de este modo se hace necesario ingresar a la siguiente dirección electrónica  Disponible:       http:www.opsu.gob.ve, donde se encuentra la información pertinente con respecto al Sistema Nacional de Ingreso.
          Es importante señalar, que la institución no realiza pruebas de selección interna, atendiendo a lo establecido por el Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior para ese momento histórico, de acuerdo a la Gaceta Oficial Número 38.896, con fecha 26/03/08 “Eliminar todas las Pruebas Internas de Admisión existentes en las universidades públicas”  y al  oficio DM/000341-10, de fecha 28 de enero 2010. 
           Las pautas para el Sistema Nacional de Ingreso a la Educación Superior, actualmente Educación Universitaria  vigentes están contempladas en la Gaceta Oficial Nº39.190, de fecha 01 de junio de 2009, de acuerdo al oficio Nº1573, emitido por la Secteraría, con fecha 16 de mayo de 2011, que señala en el artículo 3: 
El Registro Único del Sistema Nacional de Ingreso a la Educación Superior (RUSNIES) es una base de dato que contiene toda la información que el Estado requiera para realizar estudios efectivos y óptimos, en relación a la demanda y a la oferta de carreras ofrecidas por las diversas instituciones de educación superior del país. El RUSNIES  asigna a cada aspirante un número único o identificador, sin caducidad, que permite realizar el seguimiento académico una vez que ingresa a alguna institución de educación superior del país (s/p).

       Desde esta perspectiva, el bachiller asignado para la Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez, por Convenio Insterinstitucional  le es necesario en el momento de inscripción en esta institución presentar “El Certificado de Participación emitido por la Oficina de  Planificación del Sector Universitario”, atendiendo al artículo de las Pautas para el Sistema Nacional de Ingreso a la Educación Superior, en el presente Educación Universitaria.
 Equivalencias de Estudios: Las equivalencias se rigen por lo establecido por el Consejo Directivo en Reunión Nº415 de fecha 27 de septiembre de 2007 donde se acordó “La Modificación del Artículo 15 y  Parágrafos Uno y Dos del “Reglamento  sobre Equivalencias, Reconocimientos de Estudios, Révalidas de Títulos y Convalidaciones de Títulos y Diplomas”, de las cuales se pueden citar el Artículo 2: 
Las Equivalencias, el Reconocimiento de Estudios, la Révalida y la Convalidación de Títulos y Diplomas, deberán tramitarse ante la Secretaría de la Universidad,  por intermedio de las Unidades Delegadas de los Núcleos, previo cumplimiento de los requisitos exigidos en este Reglamento o cualquiera otra Resolución emanada del Consejo Directivo (s/p).
        Por otra parte, (Ob.cit), en el Capítulo II, “De la Equivalencia de Estudios”, Artículo 9 plantea:
Se entiende por Equivalencias de Estudio, el proceso mediante el cual la Universidad determina cuales cursos, Materias o Asignaturas, aprobadas por el solicitante en una Universidad o Instituto Universitario del País o del Exterior, se equivalen en un OCHENTA POR CIENTO  (80%), con los objetivos y contenidos de cada uno de los cursos que conforman los Planes de Estudio vigentes de las Carreras que ofrece  la Universidad (s/p).    
  
         El  Artículo 11º señala “Para que pueda ser emitido un Dictamen de Equivalencia, la evaluación del Expediente respectivo, deberá arrojar como resultado, un VEINTE POR CIENTO (20%), como mínimo, del total de Unidades Crédito previstas para la carrera”(s/p).
      Acreditación del Aprendizaje por Experiencia: La Acreditación del Aprendizaje por Experiencia se rige por las disposiciones establecidas en el Reglamento Sobre Régimen de Estudios,Resolución Nº1330, de fecha 21/07/06, que afirma en el artículo 60º “La Acreditación del Aprendizaje por Experiencia es un proceso consistente en el reconocimiento de aprendizajes adquiridos por experiencias educativas formales y no formales a fin de certificar competencias que guarden correspondencia con los Planes de Estudio de la Universidad”(p.12).
        Es importante señalar, (Ob.cit) en su artículo 61º “La Universidad podrá acreditar en Pregrado, hasta un setenta por ciento (70%) del total de unidades crédito, correspondiente al Plan de Estudio de la carrera”(Ibid), lo que se corresponde con lo establecido en las Normas para la Acreditación del Aprendizaje por Experiencia, aprobadas por el Consejo Directivo Nº159, con fecha 06/03/91, Circular Nº13, con fecha 15/03/91,  artículo Nº18.
      En el caso de Postgrado, el Reglamento sobre Régimen de Estudios, Resolución Nº1330, de fecha 21/07/06 afirma:
    El aspirante a la acreditación en Postgrado, deberá cursar en la Universidad, por lo menos el  cincuenta por ciento (50%) de las unidades crédito exigidas por el Programa de Especialización, Maestría o Doctorado, correspondiente. En ningún caso se acreditará la tesis de postgrado. (p.12).

     Otras formas de ingreso que sean aprobadas por la autoridad competente:  
          La Circular Nº015, de fecha 25 de septiembre de 2001 y Oficio S/N 0504, de fecha 08/02/06, plantean las Políticas de Ingreso en la Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez, señala “Una modalidad importante de admisión, la constituye los acuerdos con los gremios (convenios) que otorga cupos a los hijos de los profesores, empleados y trabajadores de nuestra institución.
     Asimismo, (Ob.cit) mencionan  los Atletas de Alta Competencia, los maestros en servicio no profesionalizados, equivalencias, los ingresos a través del Centro de Experimentación Para el Aprendizaje Permanente (C.E.PA.P).
            Es pertinente informar:
      Las Instituciones de Educación Universitaria (IEU) oficiales, deberán reservar una cuota mínima equivalente al 1% del total de sus plazas en cada carrera o Programa Nacional de Formación para el Ingreso de personas con discapacidad. Esta medida aplica a todas las modalidades de ingreso existentes en las IEU.(MPPEU; 2012, p.36).   
        Desde esta perspectiva, la Unesr brindará atención a las personas con discapacitad una vez cumplan con los requisitos exigidos en las  modalidades de ingreso a la institución, facilitandoles  el apoyo en todo momento para alcanzar la meta de estudiar en esta universidad.   

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